1 De conformidad con la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el recurso contencioso-administrativo (señalar la incorrecta):
. a) Es admisible en relación con las disposiciones de carácter general de la Administración pública
. b) Es admisible en relación con los actos expresos de la Administración Pública que pongan fin a la vía administrativa
. c) Es admisible en relación con las actuaciones materiales de la Administración Pública que constituyan vía de hecho
. d) Es admisible en relación con los actos de la Administración Pública que sean reproducción de otros anteriores definitivos y firmes