El artículo 1 del Reglamento 852/04 establece que el principal responsable de la seguridad alimentaria es:
. La Agencia Europea de Seguridad Alimentaria
. El Ministerio de Agricultura u órgano equivalente de cada país miembro
. La Consejería de Agricultura de la cada Comunidad Autónoma u órgano equivalente
. El operador de empresa alimentaria