151 Para la entrada en vigor de las normas de los planes urbanísticos:
. Debe publicarse completamente su texto íntegro en el Boletín Oficial del Estado
. Debe publicarse completamente su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia
. Es suficiente que se publique el anuncio de su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia
. Es suficiente que se publique el anuncio de su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma