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La certificación negativa de nombre:
. Debe solicitarla toda empresa
. Se solicita en el Registro Mercantil de la provincia donde radica la empresa, sea individuo o sociedad
. Es el primer paso a seguir para constituir una sociedad mercantil
La inscripción del empresario individual en el Registro Mercantil:
. Es voluntaria
. Es obligatoria
. No es necesaria pero hay que solicitar la certificación negativa de nombre
La licencia de apertura:
. Es un trámite que sólo deben realizar los empresarios individuales
. Es un trámite común a todo tipo de empresa, independientemente de su forma jurídica
. Se solicita 6 meses después de iniciar la actividad
La afiliación a la Seguridad Social
. Sólo se realiza una vez en la vida laboral del trabajador
. Es lo mismo que el alta en la Seguridad Social
. No es obligatoria para los trabajadores temporales
La tramitación telemática de una sociedad:
. Es la realización a través de Internet de la puesta en marcha de una empresa
. Es la constitución y puesta en marcha de una Sociedad mediante medios telemáticos
. Puede realizarla cualquiera desde su propio domicilio
La inscripción en el Registro Mercantil Provincial:
. Deberá ser realizada obligatoriamente por todas las empresas, independientemente de su forma jurídica
. En el caso de Cooperativas y Sociedades Laborales previamente deberán registrarse en un Registro Especial
. Es voluntaria
La comunicación de apertura de Centro de Trabajo:
. Se debe solicitar antes del inicio de la actividad
. Se debe comunicar dentro de los 30 días siguientes al inicio de la actividad
. Se debe realizar en el ayuntamiento
La declaración censal:
. Se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social
. Informa sobre las características de la activida, del local y de la modalidad tributaria elegida
. Se puede realizar a lo largo del primer ejercicio económico de la empresa
En la tramitación telemática de uina SLNE:
. El emprendedor no necesita acudir presencialmente a realizar ningún paso
. El emprendedor deberá acudir presencialmente al PAIT (Punto de Asesoramiento e Inicio de Actividad) y al Notario
. El emprendedor rellena telemáticamente todos los documentos
El depósito bancario del Capital Social exigido para la constitución de la empresa:
. Debe acreditarse en el momneto del otorgamiento de la Escritura Pública ante el notario
. Se realizará en el momento de otorgamiento de la Escritura de Constitución
. Puede realizarse en los 15 días siguientes al otorgamiento de la escritura
Mediante la tramitación telemática:
. Se puede constituir cualquier tipo de sociedad mercantil
. La normativa solo permite constituir SL y SLNE en general
. No es necesaria la figura de un notario público
El Código de Identificación Fiscal (CIF):
. Se solicitará previamente a la firma de las Escrituras de Constitución
. Es el documento que acredita a la empresa a efectos fiscales
. Se solicita en la Consejería de Hacienda
El libro de visitas:
. Debe estar diligenciado ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y conservado durante 5 años
. Es para que los empresarios anoten las fechas de las visitas de los inspectores de Trabajo
. Es para anotar las visitas de los inspectores de Hacienda
La evaluación de impacto medioambiental:
. Es un trámite a realizar en el ayuntamiento
. Es obligatorio para algunos tipos de actividades empresariales
. Tiene por objeto estimar los efectos potenciales que podrían causar sobre el medio ambiente las actividades empresariales
Toda empresa, tanto individual como en sociedad, que desee iniciar una actividad mercantil o industrial está obligada a:
. Solicitar la licencia de apertura del establecimiento en el departamento de urbanismo del ayuntamiento donde se vayan a ubicar las instalaciones
. Solicitar la licencia de apertura en la Consejería de Economía y Hacienda
. Solicitar la licencia de apertura en la Consejería de Empleo
El IAE:
. Debe pagarse por todos los sujetos pasivos que inician su actividad
. Están exentas de su pago las sociedades mercantiles cuya cifra de negocios sea inferior a 1.000.000 de euros
. Los sujetos pasivos exentos de este impuesto no tienen la obligación de darse de alta en el mismo
El proceso de constitución de una Sociedad Mercantil comienza:
. Cuando se inscribe a la empresa en el Registro Mercantil
. Cuando se firman las escrituras ante notario
. Cuando se solicita la certificación negativa de nombre
La Escritura de constitución de una sociedad:
. La debe firmar el socio administrador de la misma
. Ha de ser redactada por un notario
. Ha de ser firmada por todos los socios fundadores ante notario
La inscripción de la empresa en la Seguridad Social:
. Debe de realizarse antes de efectuar contrataciones de personal por cuenta ajena
. Debe realizarse dentro de los 10 días siguientes a su contratación
. Es potestativa
El libro de visitas:
. Es obligatorio para todas las empresas, tengan o no trabajadores por cuenta ajena
. Es obligatorio para todas las empresas con trabajadores por cuenta ajena
. Debe ser diligenciado en la Agencia Tributaria
El empresario individual:
. No debe realizar proceso de constitución
. No necesita realizar proceso de constitución
. No ha de seguir ningún trámite para su puesta en marcha
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